El protocolo de comunicación tiene su fundamento en la utilización correcta de cómo debe ser empleada la comunicación a través de los diferentes canales que se utilizarán para laborar, haciendo que esta sea mucho más fluida y el tiempo de transmisión sea más breve. Por lo tanto se adecuarán ciertos códigos y/o claves específicas, los cuales son utilizados a nivel mundial por distintos organismos de seguridad nacional en todos sus ámbitos, defensa de la soberanía y rescate en situaciones de emergencias nacionales. Existe actualmente y desde hace varios años un código internacional que permite operar con bastante simplicidad durante cualquier transmisión/recepción de datos en el proceso de comunicación; el cual es denominado código ICAO, y traduce del inglés “Organización Internacional de Aeronáutica Civil”, considerado el más útil y científico código, usado por los servicios aéreos y marítimos en todo el mundo, e inclusive por la gran mayoría de las policías, por tal motivo de seguir unificando el criterio comunicacional de manera que sea más explícito y de fácil entendimiento para todo personal o funcionaria (o) que opere dentro de los procesos comunicativos, se adoptará dicho código para su uso en el Protocolo de Comunicación y a través de este se regirá el mismo.
PROCESO DE COMUNICACIÓN El proceso de comunicación dentro del protocolo de comunicación, debe estar basado en un sistema receptor y transmisor de datos bajo una rectoría la cual corresponderá al “Centro de Operaciones Policiales” ” y ésta velara por el debido ordenamiento en toda comunicación vía radio frecuencia que se establezca entre la rectoría y la funcionaria, funcionario o grupo de estos; o entre la funcionaria (o)funcionaria (o), por cualquiera de los canales activos que tenga dicho sistema. Es importante mencionar que todo el proceso de comunicación vía radio frecuencia debe ser estrictamente confidencial, seguro y de uso exclusivo de operadoras, operadores, funcionaria, funcionario o grupo de estos y ajeno completamente a cualquier ciudadano que no pertenezca a la institución, así como también al personal administrativo, empleado u obrero quienes inclusive no deben tener conocimiento de los procedimientos policiales que se realizan, obligando esto a la utilización estricta de los códigos y/o claves específicas de comunicación.
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